Una modificación en los estatutos del partido obliga a sus militantes a
oponerse a la discriminación y los prejuicios generados a causa de la
orientación sexual. Esta modificación enlaza con uno de los objetivos de
trabajo marcados por el Partido Comunista de Cuba (PCC) durante su
Conferencia Nacional celebrada en febrero de 2012.
En un documento titulado Las organizaciones de base y las principales modificaciones introducidas en los estatutos del Partido Comunista de Cuba se informa a los militantes de las modificaciones en el inciso J del artículo 7º. Este cambio establece que los militantes
“enfrentan resueltamente los prejuicios y conductas discriminatorias
por color de la piel, género, creencias religiosas, orientación sexual,
origen territorial y otros que son contrarios a la Constitución y las
leyes, atentan contra la unidad nacional y limitan el ejercicio de los
derechos de las personas”.
De la misma manera, se indica que “ningún militante comunista
verdadero podría ser racista, machista, misógino o mostrar intolerancia
hacia las personas religiosas o que provengan de zonas más
desfavorecidas del país”.